A pesar de que no es una práctica muy común en España, poco a poco los testamentos solidarios empiezan a estar más extendidos. Se estima que alrededor del 3% de todos los testamentos que se ejecutan en España al año contienen una disposición para organizaciones sin ánimo de lucro, asociaciones o instituciones religiosas. Igualmente, estos datos son solo aproximados, ya que el carácter confidencial del testamento hace que sea imposible saber con exactitud el número de personas que deciden incluir a las ONG en sus legados.
Según apuntaba un artículo del diario El País, para muchas ONG, como UNICEF, este tipo de ingresos ya supone entre un 4% y un 5% de sus ingresos. Entre las personas que deciden donarles sus bienes tras la muerte se encuentran voluntarios de la propia organización, socios comprometidos o personas que quieren que con su dinero se consigan cambios en la sociedad. Para otras organizaciones, como ACNUR, la mayor parte de las personas que deciden colaborar de esta forma acostumbran a ser solteras y sin hijos, en su mayoría mujeres. Los legados más comunes son inmuebles y sumas monetarias, aunque a veces también se han legado obras de arte, vehículos, etc.
Para que estos fondos puedan llegar a las organizaciones es importante dejarlo establecido en el testamento. Para garantizar que dicha disposición se cumple, es recomendable designar a un albacea, que se encargue de hacer cumplir las últimas voluntades y conocer bien la naturaleza jurídica de la organización, ya que solamente aquellas declaradas de utilidad pública están exentas de pagar impuestos.
Por desgracia, muchos familiares no comprenden la decisión tomada por el testador y esta puede acarrear problemas y dilaciones en la ejecución del testamento. Tal y como anotaba el vicepresidente del Consejo General del Notariado, a El País, algunos de estos legados solidarios han sido dispuestos como forma de ‘castigo’ a hijos y familiares, privándoles de poder disponer del tercio de libre disposición.